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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Tarragona número 1. Expediente 638 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 1 
 
 217 
 Expediente 638 de 2011 
  EDICTO
  Doña Ángela Iribas Cabrera, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Tarragona.
  Hago saber: Que en este Juzgado se ha tramitado el expediente número 638 de 2011, instado por don Carlos Pozo Salguero, contra “Eulen Seguridad, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en el cual se ha dictado decreto, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Acuerdo que procede tener por desistida a la parte actora de la continuación del procedimiento y consecuente archivo del mismo sin más trámite. Dejándose sin efecto el señalamiento acordado para el día 17 de septiembre de 2013, a las once cuarenta y cinco horas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de revisión ante el magistrado-juez, que se debe presentar en este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación, debiendo expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá el recurso. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 186 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Lo decreto y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y se inserte en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente dado el ignorado paradero de la misma, haciéndole saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo social número 1. Asimismo, se le advierte que será de aplicación en cuanto a las ejecuciones lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley del Procedimiento Laboral, y por ello las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.
  En Tarragona, a 17 de septiembre de 2013..La secretaria judicial, Ángela Iribas Cabrera.
  (03/30.930/13)</texto>
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