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    <fecha_publicacion>2013/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 214 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 
 71 
 Ejecución 214 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 214 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Montoya Romero y don Ramón Montoya Romero, frente a “Saneamientos Cáceres Galindo, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 200 de 2013 a favor de la parte ejecutante don Francisco Montoya Romero y don Ramón Montoya Romero, frente a la demandada “Saneamientos Cáceres Galindo, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 147.173,59 euros, más 8.000 euros y 14.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  El principal se divide entre los coejecutantes de la siguiente manera:
  A don Francisco Montoya Romero: 71.893,86 euros.
  A don Ramón Montoya Romero: 75.279,73 euros.
  Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en el Juzgado número 7 con el número 183 de 2011, conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Saneamientos Cáceres Galindo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.852/13)</texto>
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