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    <fecha_publicacion>2013/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 214 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 
 87 
 Ejecución 214 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 214 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Antonia Palacios Palacios, don Joaquín San Antonio Chaos, doña Teolinda Molleda Santos y don William Eduardo Negrete Pertuz, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Hostelería Netto, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Teolinda Molleda Santos, doña Antonia Palacios Palacios, don William Eduardo Negrete Pertuz y don Joaquín San Antonio Chaos, frente a la demandada “Hostelería Netto, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 101.922,90 euros, correspondiendo:
  A don Willian Eduardo Negrete Pertuz: 21.860,34 euros (de los que 10.886,58 euros son de indemnización y 10.973,76 euros de salarios).
  A don Joaquín San Antonio Chaos: 42.465,77 euros (de los que 26.866,25 euros son de indemnización y 15.599,52 euros de salarios).
  A doña Antonia Palacios Palacios: 17.576,35 euros (de los que 8.932,03 euros son de indemnización y 8.644,32 euros de salarios).
  A doña Teolina Molleda Santos: 20.020,44 euros (de los que 9.380,64 euros son de indemnización y 10.639 euros de salarios).
  Más 20.384,58 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería Netto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de septiembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/30.877/13)</texto>
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