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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 270 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 
 202 
 Ejecución 270 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 230 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Peña Conversa, frente a “Your Travel Company, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 19 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva se la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Your Travel Company, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 4.326,08 euros de principal. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme y previa petición de parte, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. A tal fin se deberá aportar copia de todos aquellos documentos que hayan de ser testimoniados.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2521/0000/64/0270/12.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Your Travel Company, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.945/13)</texto>
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