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    <fecha_publicacion>2013/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Ejecución 211 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 
 163 
 Ejecución 211 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Lourdes Sevilla Silva, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 211 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel García Jiménez y don Jaime Crespo González, frente a don Ion Micu, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Jaime Crespo González y don Ángel García Jimenez, frente al demandado don Ion Micu, parte ejecutada, por un principal de 3.538,16 euros (correspondiendo a cada uno de los ejecutantes la cantidad de 1.769,08 euros de principal), más 212,28 euros de intereses y 353,81 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2523/0000/64/0211/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Consuelo Majarón de Tena.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ion Micu, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.058/13)</texto>
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