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    <fecha_publicacion>2013/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Especial Paseo del Prado, 30</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento - Secretaría General de Actuaciones Urbanas - Departamento de Protección</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento
 Secretaría General de Actuaciones Urbanas
 Departamento de Protección
 
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 Plan Especial Paseo del Prado, 30 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 26 de septiembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar inicialmente el Plan Especial para la mejora de las condiciones de ordenación del inmueble sito en el paseo del Prado, número 30, Distrito de Centro, promovido por el Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión.
  Tercero..Notificar individualmente a los propietarios colindantes el presente Acuerdo.
  Cuarto..Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Quinto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el Plan Especial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas, puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Ribera del Sena, número 21, y en la Junta Municipal del Distrito de Centro.
  Madrid, a 30 de septiembre de 2013..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
  (02/7.311/13)</texto>
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