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    <departamento>TALAMANCA DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Talamanca del Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 66 
 Modificación ordenanza fiscal 
  El Pleno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2013, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información  pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción  de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Talamanca de Jarama, a 30 de septiembre de 2013..El alcalde, José Luis Herrero Barbudo.
  (03/32.413/13)</texto>
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