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    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Juicio de faltas 148 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>255</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1 
 
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 Juicio de faltas 148 de 2013 
  EDICTO
  Doña Silvia González Márquez, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 (anterior mixto número 8) de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 148 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 226 de 2013
  En Torrejón de Ardoz (Madrid), a 16 de julio de 2013..Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgado de Torrejón de Ardoz, actuando reglamentariamente en el Juzgado de instrucción número 1 de esta localidad, en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 148 de 2013, seguidos por una falta inmediata de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal ejercitando la acción pública; doña Cristina Jurado Rodríguez, en calidad de denunciante, y don Marius Eugen Vartolomei y don Virgil Costin Lucuta, en calidad de denunciados, se emite la presente resolución sobre la base del siguiente
  Fallo
  Debo condenar y condeno a don Marius Eugen Vartolomei, como autor de una falta de hurto, a la pena de treinta días de multa con una cuota de 3 euros cada día, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, y al abono de la parte proporcional de las costas propias de este juicio.
  Y debo absolver y absuelvo libremente de los hechos enjuiciados en las presentes diligencias a don Virgil Costin Lucuta, declarando de oficio las costas causadas en el presente pleito respecto del mismo.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Virgil Costin Lucuta, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 28 de septiembre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/32.109/13)</texto>
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