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    <titulo>Normas urbanísticas
– Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Parcial del Sector SAU-24 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Molar, promovido por “Niesa, Nueva Inmobiliaria Española, Sociedad Anónima” (Ac. 121/13)</titulo>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
 29 
 RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Parcial del Sector SAU-24 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Molar, promovido por “Niesa, Nueva Inmobiliaria Española, Sociedad Anónima” (Ac. 121/13). 
  La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 9 de octubre de 2013, ha examinado el expediente relativo al Plan Parcial del Sector SAU-24 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Molar, promovido por “Niesa, Nueva Inmobiliaria Española, Sociedad Anónima”.
  En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de 4 de octubre de 2013, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha de 7 de octubre de 2013, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
  Primero
  Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector SAU-24 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Molar, en el término municipal de El Molar, promovido por “Niesa, Nueva Inmobiliaria Española, Sociedad Anónima”, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en los siguientes informes sectoriales, obrantes en el expediente:
  .	Dirección General de Evaluación Ambiental, de 8 de mayo de 2013.
  .	Confederación Hidrográfica del Tajo, de 19 de febrero de 2013.
  .	Canal de Isabel II, de 24 de septiembre de 2012.
  .	Dirección General de Aviación Civil, de 30 de octubre de 2012.
  .	Dirección General de Patrimonio Histórico, de 29 de agosto de 2012.
  De conformidad con el informe de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 30 de agosto de 2012, y de la Red Eléctrica de España, de 2 de agosto de 2012, en tanto no se traslade la línea eléctrica, no podrán realizarse las edificaciones cuya planta esté incluida en las áreas afectadas por la misma.
  Segundo
  Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid.
  Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  Madrid, a 9 de octubre de 2013..La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre de 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.
  (02/7.473/13)</texto>
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