<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131119-190</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 133 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>275</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-11-19-275111120130148</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/19/BOCM-20131119-190.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/19/BOCM-20131119-190.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/19/BOCM-20131119-190.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/19/BOCM-20131119-190.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 
 190 
 Ejecución 133 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 133 de 2013 (demanda número 49 de 2013) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Arévalo Julia, frente a “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución con la siguiente parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 2.940,88 euros de principal y 588,17 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.676/13)</texto>
</documento>