<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131126-137</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 35. Juicio de faltas 4 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-11-26-281181120130166</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/26/BOCM-20131126-137.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/26/BOCM-20131126-137.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/26/BOCM-20131126-137.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/26/BOCM-20131126-137.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35 
 
 137 
 Juicio de faltas 4 de 2013 
  EDICTO
  Doña Amalia J. Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 4 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Madrid, a 9 de mayo de 2013..Vistos por mí, doña Amaia Castaño Aguirre, magistrada-juez del Juzgado instrucción número 35, de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas seguidos ante este Juzgado bajo el número 4 de 2013, por una presunta falta de hurto, siendo perjudicado el establecimiento “Zara” y denunciado don Sergio Marín Gómez, habiendo intervenido el ministerio fiscal en ejercicio de la acción pública, y en los que obra el siguiente
  Fallo
  Condeno a don Sergio Marín Gómez, como autor responsable de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa, a razón de 5 euros diarios, lo que arroja un total de 150 euros, y al pago de las costas procesales.
  Si el condenado no abona voluntariamente o por vía de apremio las cantidades impuestas en concepto de multa quedará sujeta a un régimen subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.
  Se acuerda la entrega definitiva del efecto sustraído y recuperado al establecimiento “Zara”.
  Notifíquese la presente a las partes y al ministerio público, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días por escrito presentado en este Juzgado que no precisará de firma de abogado ni procurador.
  Expídase testimonio de la sentencia para su unión a autos, quedando el original en el libro de sentencias.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Sergio Marín Gómez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 28 de octubre de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/35.523/13)</texto>
</documento>