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    <identificador>BOCM-20131128-147</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento ordinario 363 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>283</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 147 
 Procedimiento ordinario 363 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 363 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Barbara Tyszkiewicz, doña Diana Ortega Domínguez, don Domingo Blanco Pérez, doña Liliana Elena Dumbrava, doña Nadia Vasilica Lungu, doña Luz Adriana Marbello Carvajal y don Radostin Stoykov Stoykov, frente a “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora doña Nadia Vasilica Lungu, doña Liliana Elena Dumbrava, don Domingo Blanco Pérez, doña Diana Ortega Domínguez, don Radostin Stoykov Stoykov, doña Luz Adriana Marbello Carvajal y doña Barbara Tyszkiewicz, frente a la demandada “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a los trabajadores las cantidades que a continuación se detallan, incrementadas por la aplicación de un 10 por 100 de interés por mora en relación con las cantidades de naturaleza salarial:
  A doña Diana Ortega Domínguez: 5.390,96 euros.
  A doña Barbara Tyszkiewicz: 5.107,85 euros.
  A doña Liliana Elena Dumbrava: 3.890,78 euros.
  A doña Nadia Vasilica Lungu: 5.290,00 euros.
  A doña Luz Adriana Marbello Carvajal: 1.561,95 euros.
  A don Radostin Stoykov Stoykov: 5.040,82 euros.
  A don Domingo Blanco Pérez: 7.511,45 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2514 de “Banesto”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en “Banesto” o presentar aval de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista y modelo de autoliquidación de tasas y gravamen en la forma establecida legalmente. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.172/13)</texto>
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