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    <identificador>BOCM-20131128-68</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/11/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento ordinario 597 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>283</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13 
 
 68 
 Procedimiento ordinario 597 de 2012 
  EDICTO
  Doña Isabel de Diego Elvira, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid.
  Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 597 de 2012 se ha dictado sentencia de fecha 10 de junio de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 414
  En Madrid, a 10 de junio de 2013..Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid y su partido, los autos de juicio ordinario número 597 de 2012, siendo parte demandante “Carjim 4 Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don Rafael Silva López, bajo la dirección de la letrada doña Patricia Carrera Sánchez, y parte demandada don Héctor Antonio Pallardo Rodríguez, en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimando parcialmente la demanda interpuesta por “Carjim 4 Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Rafael Silva López, contra don Héctor Antonio Pallardo Rodríguez:
  1.  Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de marzo de 2011 que sobre la vivienda sita en la calle Príncipe de Vergara, número 47, quinto A, existía entre “Carjim 4 Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, y don Héctor Antonio Pallardo Rodríguez.
  2.  Condeno a don Héctor Antonio Pallardo Rodríguez a pagar a la actora la cantidad de 13.252 euros, más los intereses legales desde la fecha de la demanda incrementados en dos puntos a partir de esta sentencia.
  3.  Todo ello sin expresa imposición de las costas de este juicio.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, debiendo presentarse, ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la notificación de esta sentencia. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, con el número 2441, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), encontrándose exentos de constituir el mismo los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifique la sentencia de fecha 10 de junio de 2013 a don Héctor Antonio Pallardo Rodríguez bajo los apercibimientos legales.
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2013..La secretaria (firmado).
  (02/7.102/13)</texto>
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