<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20131130-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/11/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Bilbao número 4. Cuenta abogado 1 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>285</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-11-30-285181120130387</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/30/BOCM-20131130-117.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/30/BOCM-20131130-117.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/30/BOCM-20131130-117.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/30/BOCM-20131130-117.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 4 
 
 117 
 Cuenta abogado 1 de 2013 
  EDICTO
  Doña María José Marijuán Gallo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Bilbao.
  Hago saber: Que en los autos de cuenta de abogado número 1 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Fidel Adolfo Pozas Franco, contra don César García Villaraco Corzo, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María José Marijuán Gallo..En Bilbao (Bizkaia), a 23 de enero de 2013.
  1.  Con el escrito del abogado don Fidel Adolfo Pozas Franco al que acompaña minuta detallada de honorarios, reclamando de su defendido don César García Villaraco Corzo lo devengos en el procedimiento origen de social ordinario número 994 de 2011, más las costas, incóese el correspondiente procedimiento en pieza separada, llevándose nota a los autos principales.
  2.  De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, aplicable supletoriamente en este orden jurisdiccional, requiérase al defendido para que en el plazo de diez días pague la suma reclamada de 544,50 euros, más la de 108,90 euros en concepto de costas, esta sin perjuicio de ulterior liquidación, bajo apercibimiento de apremio si no paga.
  3.  Hágase saber a la parte requerida que dentro de dicho plazo de diez días puede formular impugnación por estimar indebidos los honorarios o por estimarlos excesivos, en cuyo caso se procederá previamente a resolver la impugnación.
  Apercíbase, asimismo, que si no paga ni formula oposición, se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la minuta más las costas.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, ante la secretaria judicial, a presentar en la oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.1 y 187.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación a don César García Villaraco Corzo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 28 de octubre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.360/13)</texto>
</documento>