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    <fecha_publicacion>2013/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Procedimiento ordinario 45 de 2013-2</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 
 218 
 Procedimiento ordinario 45 de 2013-2 
  EDICTO
  Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 45 de 2013-2 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio García Ibañez, don José Ignacio Martín Gómez, don Marcos José Blanco López y don Francisco José Hernández Mellado, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento de oficio, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero..En Guadalajara, a 18 de octubre de 2013.
  Dada cuenta; visto el estado de las presentes actuaciones, se acuerda citar nuevamente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a “Magasegur, Sociedad Limitada”, a esta en el domicilio aportado en el escrito de fecha 17 de octubre, para la vista oral que se ha de celebrar el día 8 de abril de 2014, a las diez y treinta horas. Estándose en todo lo demás a lo acordado en el decreto de su incoación.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 18 de octubre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/37.870/13)</texto>
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