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    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento ordinario 1.435 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>303</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 46 
 Procedimiento ordinario 1.435 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.435 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Arenal Sañudo, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Arenal Sañudo, contra “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo de condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 5.146,48 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la cuenta corriente número 0030/1846/42/0005001274, en la calle Princesa, número 3, primera planta, haciendo constar en el ingreso el número de expediente 2517000000143512.
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento 2517000000143512.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Herranz Arribas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de noviembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/38.855/13)</texto>
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