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    <identificador>BOCM-20131227-123</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/12/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Juicio verbal 1.040 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>307</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1 
 
 123 
 Juicio verbal 1.040 de 2011 
  EDICTO
  Doña Visitación Miguel Marco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en los autos de juicio verbal número 1.040 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado la sentencia de fecha 4 de diciembre de 2012, que es del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 4 de diciembre de 2012..En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, ha visto los autos de juicio verbal, sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 1.040 de 2011 y seguidos a instancias de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por el procurador señor Navarro Cerrillo y asistida de letrado, contra don Osvaldino de Jesús Lima, declarado en rebeldía.
  Fallo
  Estimo la demanda interpuesta por el procurador señor Navarro Cerrillo, en nombre y representación de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra don Osvaldino de Jesús Lima, declaro haber lugar íntegramente a la misma y, en su virtud, condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 5.980,59 euros, más los intereses pactados en el contrato, y con expresa condena en costas al demandado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Osvaldino de Jesús Lima se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 9 de abril de 2013..La secretaria (firmado).
  (02/4.901/13)</texto>
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