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    <fecha_publicacion>2013/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal impuesto vehículos tracción mecánica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>308</diario_numero>
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  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 14 
 Ordenanza fiscal impuesto vehículos tracción mecánica 
  Acuerdo del Pleno, de 20 de diciembre de 2013, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 20 de diciembre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  “Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que figura como anexo del presente acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor el 1 de enero de 2014”.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
  Seguidamente, se procede a publicar íntegramente el texto aprobado.
  
     
 
   Madrid, a 20 de diciembre de 2013..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/41.537/13)</texto>
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