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    <fecha_publicacion>2014/01/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento 688 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 112 
 Procedimiento 688 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 688 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Ángel Osuna Carballo, frente a “Mercater, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 31 de octubre de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.. En Madrid, a 31 de octubre de 2013.
  Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra el administrador concursal don Jesús Bonet Martínez, al que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 16 de septiembre de 2014, a las diez horas, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mercater, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.073/13)</texto>
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