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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 285 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 18 
 Ejecución 285 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 285 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Soledad Rodríguez García, frente a “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 28 de noviembre de 2013, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Dispongo: Despachar orden general en la ejecución número 285 de 2013 a favor de la parte ejecutante doña Soledad Rodríguez García, frente a “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 13.146,18 euros en concepto de principal, más otros 788,77 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 1.314,61 euros para las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.
  Así lo acuerda y firma su señoría don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Acuerdo: Expídase el correspondiente despacho dirigido al Juzgado de lo social número 7 de Madrid a fin de que remita testimonio de decreto de insolvencia dictado en sus autos número 232 de 2012, ejecución número 215 de 2013, contra la empresa “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de noviembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.210/13)</texto>
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