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    <identificador>BOCM-20140121-155</identificador>
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    <fecha_publicacion>2014/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 923 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>17</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 155 
 Procedimiento 923 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 923 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Claudiu Cimpean, frente a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada” y “Grupo Cinco Obras, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución de 10 de diciembre de 2013:
  Se acuerda tener por no subsanada la demanda presentada por don Daniel Claudiu Cimpean, contra la empresas “Alza 3 Group, Sociedad Limitada” y “Grupo Cinco Obras, Sociedad Limitada”, y el archivo de las actuaciones, sin más trámite.
  Notifíquese esta resolución a la demandante y una vez firme, previa constancia en el libro de resoluciones finales, procédase al archivo del procedimiento.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto” 5052-0000-60-0923-13.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada” y “Grupo Cinco Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/348/14)</texto>
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