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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Guadalix de la Sierra. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADALIX DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GUADALIX DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 68 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Por acuerdo plenario de 30 de diciembre de 2013, se aprobó provisionalmente la modificación del artículo 7 epígrafe b) de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos en los siguientes términos:
  .	Donde pone “Licencias GLP”, debe poner “Licencias para depósitos”. 
  .	Donde pone “0,10 euros por cada litro almacenado con un mínimo de 250 euros”, debe poner “0,15 euros por cada litro almacenado con un mínimo de 250 euros”.
  Dichas modificaciones de la ordenanza se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 111 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
  1.  Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  2.  Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
  3.  Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor la modificación.
  Guadalix de la Sierra, a 7 de enero de 2014..El alcalde, Ángel Luis García Yuste.
  (03/623/14)</texto>
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