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    <fecha_publicacion>2014/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Procedimiento ordinario 249 de 2013-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 136 
 Procedimiento ordinario 249 de 2013-M 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 249 de 2013-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Gumiel Valdeolivas, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Valmóvil Motor, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado, en fecha 19 de diciembre de 2013, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  En la ciudad de Madrid, a 19 de diciembre del 2013..La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente:
  Sentencia número 485 de 2013
  En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad, seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Francisco Gumiel Valdeolivas, con DNI número 50799080-S, defendido por el letrado don Fancisco Azaña Labrador. Y de la otra, y como demandada “Valmóvil Motor, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Francisco Gumiel Valdeolivas, contra “Valmóvil Motor, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor 2.523,78 euros brutos, por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 243,57 euros interés por mora.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, a las que se hace saber que es firme, pues contra la misma no cabe interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 20 de diciembre de 2013 por la ilustrísima señora magistrada-juez doña Elena Burgos Herrera, que la suscribe en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Valmóvil Motor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, 20 de diciembre de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/1.482/14)</texto>
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