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    <identificador>BOCM-20140204-163</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución número 232 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 163 
 Ejecución número 232 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 232 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jhonatan Seteven Zapata Muñoz, frente a “Carrero Servicio Integral a Comunidades, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en fecha 26 de diciembre de 2013, la siguiente resolución:
  Decreto
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Carrero Servicio Integral a Comunidades, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 19.299,23 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada de que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto” número 2806-0000-64-0232-13.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, María García Ferreira.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Carrero Servicio Integral a Comunidades, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 26 de diciembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.389/14)</texto>
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