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    <identificador>BOCM-20140206-73</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PARLA NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/02/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 3. Juicio verbal 1.308 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PARLA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PARLA NÚMERO 3 
 
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 Juicio verbal 1.308 de 2010 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.308 de 2010 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  En Parla a 13 de marzo de 2013..Vistos por doña Aurora de Blás Hernández, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Parla, los autos de juicio verbal que por turno de reparto han correspondido tramitar a este Juzgado con el número 1.308 de 2010, seguidos a instancia de la comunidad de propietarios de las calles Jardín Real, número 1 y Lago Blanco, número 2, de Parla, representada por la procuradora señora Ibáñez de la Cadiniere y asistida de letrado don Octavio Aparicio Cavero, contra don Jorge Amador Antolín, declarado en rebeldía en el presente procedimiento, que versa sobre reclamación de cantidad.
  Que en la demanda interpuesta por la procuradora señora Ibáñez de la Cadiniere, en representación de la comunidad de propietarios de las calles Jardín Real, número 1 y Lago Blanco, número 2, de Parla, contra don Jorge Amador Antolín, hago los siguientes pronunciamientos:
  Primero..Condeno al demandado al abono de la suma de 1.936,35 euros.
  Segundo..Condeno al demandado al abono de los intereses legales desde la interposición de la demanda.
  Tercero..Condeno al demandado al abono de las costas del proceso.
  Contra la presente resolución no cabe recurso.
  Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jorge Amador Antolín se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Parla, a 7 de mayo de 2013..El secretario (firmado).
  (02/409/14)</texto>
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