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    <fecha_publicacion>2014/02/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 219 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>34</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 106 
 Ejecución 219 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento 219 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Paúl Ardaya Dorado, frente a “Los Mejores del Tablón, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a “Los Mejores del Tablón, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, por importe de 20.165,64 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Una vez firme la presente resolución:
  Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Archivar las actuaciones, previa anotación, en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 de euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto” número 2505-0000-64-0219-13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Los mejores del Tablón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.139/14)</texto>
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