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    <identificador>BOCM-20140217-131</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 3. Juicio de faltas 271 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>40</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3 
 
 131 
 Juicio de faltas 271 de 2012 
  EDICTO
  Doña Trinidad Sánchez Ramos, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Parla.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 271 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Parla, a 6 de noviembre de 2012..Vistos por mí, doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de juicio de faltas número 271 de 2012, seguidos por una presunta falta de injurias y amenazas, siendo denunciante doña Kelly Lourdes Peña Bazán y como denunciados don José Marcelo Peña Bazán y doña Hilda Galeano Moreira, no habiendo sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Hilda Galeano Moreira, como responsable criminalmente de una falta de injuria leve, a la pena de diez días de multa, a razón de 6 euros diarios por cada una de ellas, con imposición de las costas del juicio a los condenados y con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
  Que debo condenar y condeno a don José Marcelo Peña Bazán, como responsable criminalmente de una falta de amenazas, a la pena de diez días de multa, a razón de 6 euros diarios por cada una de ellas, con imposición de las costas del juicio a los condenados y con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.
  Notifíquese a las partes la presente resolución en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Marcelo Peña Bazán y doña Hilda Galeano Moreira, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 16 de enero de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/2.368/14)</texto>
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