<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140217-190</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/02/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 22. Procedimiento ordinario 397 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <diario_numero>40</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-02-17-40100220140075</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/02/17/BOCM-20140217-190.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/02/17/BOCM-20140217-190.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/02/17/BOCM-20140217-190.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/02/17/BOCM-20140217-190.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 
 190 
 Procedimiento ordinario 397 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 397 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Ramos Sierra, contra “Comedores NP, Sociedad Limitada”, y “El Estanque de Kenia, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, en el día 11 de noviembre de 2013 se ha dictado decreto de conciliación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 11 de noviembre de 2013.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “El Estanque de Kenia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de enero de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/2.750/14)</texto>
</documento>