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    <fecha_publicacion>2014/02/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Griñón. Régimen económico. Notificación procedimientos sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GRIÑÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 62 
 Notificación procedimientos sancionadores 
  Por medio de la presente y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le notifico la propuesta de resolución que emite el instructor del procedimiento, cuyo tenor literal le transcribo:
  “Don Daniel Fernández Vecino, técnico de Administración General del Ayuntamiento de Griñón e instructor del expediente sancionador de referencia, haciendo uso de las facultades que me confiere el decreto de Alcaldía 1871/2012, de 22 de octubre, por el que se inicia el procedimiento sancionador por infracción a la normativa que se indica en cada expediente.
  CONSIDERACIONES
  Primera..Resultando que por parte de los agentes de la Policía Local se han formulado denuncias en las fechas y horas indicadas contra los presuntos infractores que se reflejan y por los hechos expuestos.
  Segunda..Considerando lo dispuesto en la normativa que le es de aplicación, la infracción supuestamente cometida está calificada según se detalla, siendo su instrucción de competencia municipal, pudiendo ser sancionada con imposición de multa por el importe que se indica en cada expediente.
  Tercera.-.En base a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procedió a dar trámite de audiencia a los interesados, dándole derecho a la presentación de alegaciones por período de quince días, no habiendo hecho uso del citado derecho.
  Cuarta..Que se han observado todas las prescripciones legales en la tramitación del presente expediente.
  En su virtud, vengo a elevar para su más alta consideración la siguiente
  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
  Primero..Visto todo lo anterior, hago propuesta de resolución para sancionar a los infractores relacionados e imponer sanción con la multa que se indica, por la comisión de una infracción.
  
 
   Segundo..Advertir a los infractores de que, en caso de no cumplir con lo resuelto, se considerará delito de desobediencia tipificado en el artículo 556 del Código Penal.
  Tercero..Indicar a los interesados que contra el acto resolutorio y a tenor de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por lo que, a tenor de los artículos 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, previa comunicación al órgano que dicte el acto, en el plazo de dos meses ante dicha jurisdicción.
  Cuarto..Notificar la propuesta de resolución a los interesados, concediéndoles un plazo de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que consideren pertinentes.
  Quinto..Elevar la propuesta de resolución, una vez que se han recibido las alegaciones a la misma y ha transcurrido el plazo señalado, al órgano competente para resolver, junto con todos los documentos, alegaciones e informaciones que obren en el mismo”.
  Lo que se le notifica a los efectos del artículo 12.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad de Madrid, para que en el plazo de quince días formule las alegaciones y presente los documentos e informaciones que consideren pertinentes. Asimismo, se les pone de manifiesto el expediente para que, en dicho plazo, efectúen las alegaciones y presenten los documentos e informaciones que tengan por conveniente.
  En Griñón, a 29 de enero de 2014..La secretaria del procedimiento, María Carmen Martínez Jiménez.
  (02/897/14)</texto>
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