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    <fecha_publicacion>2014/02/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Juicio 824 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
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 Juicio 824 de 2013 
  EDICTO DE CITACIÓN
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Asunto en que se acuerda: juicio número 824 de 2013, promovido por don Enrique García Sanz, don Pedro Lara García y don Fabián Pérez Durán, sobre despido.
  Persona que se cita: “Rauson Arroyo, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
  Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por don Enrique García Sanz, don Pedro Lara García y don Fabián Pérez Durán sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.
  Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 5B, ubicada en la planta quinta, el día 6 de marzo de 2014, a las diez y cuarenta horas.
  Advertencias legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.
  La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  En Madrid, a 19 de febrero de 2014..La secretaria judicial, María Angustias Caro Vida.
  (03/6.067/14)</texto>
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