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    <identificador>BOCM-20140301-2</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 9 de enero de 2014, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de estatutos de la organización sindical denominada Sindicato Libre de Vigilantes Asambleados (número de depósito 2584)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>51</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2014, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de estatutos de la organización sindical denominada Sindicato Libre de Vigilantes Asambleados (número de depósito 2584). 
  Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Sergio Sánchez Vázquez, en representación de la Organización Sindical denominada Sindicato Libre de Vigilantes Asambleados y teniendo en cuenta los siguientes: 
  ANTECEDENTES DE HECHO 
  Primero
  Que el citado Sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de Estatutos, por el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos. 
  Segundo
  Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores: Don Sergio Sánchez Vázquez, don José Félix Rodríguez Iglesias, don Willver Andrade Madrid, don Adrián González Laruelo, don Juan Manuel Cid Álvarez, don Serafín García Cabezas y don Diego Rodallega Lucumi. 
  Tercero
  Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el de todos los trabajadores de la seguridad privada. 
  Cuarto
  Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias de general aplicación.
  A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los Estatutos contienen todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 4.4 de dicha Ley. 
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA 
  Anunciar el depósito de Estatutos de la Organización Sindical denominada Sindicato Libre de Vigilantes Asambleados siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el de todos los trabajadores de la seguridad privada. Así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).
  Madrid, a 9 de enero de 2014..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  (03/3.597/14)</texto>
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