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    <fecha_publicacion>2014/03/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 198 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>51</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 89 
 Ejecución 198 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Pérez Porras, frente a don Alfonso María Ruiz-Mateos Rivero, don Álvaro Ruiz-Mateos Rivero, don Francisco Ruiz-Mateos Rivero, don José María Ruiz-Mateos Jiménez de Tejada, don José María Ruiz-Mateos Rivero, don Pablo Ruiz-Mateos Rivero, don Zoilo Ruiz-Mateos Rivero y “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 31 de enero de 2014 siguiente:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 62.035,79 euros de principal, 3.722 euros de intereses y 6.200 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional parcial de los ejecutados don Zoilo Ruiz-Mateos Rivero, don Pablo Ruiz-Mateos Rivero, don José María Ruiz-Mateos Rivero, don Francisco Ruiz-Mateos Rivero, don Álvaro Ruiz-Mateos Rivero, don Alfonso María Ruiz-Mateos Rivero, don José María Ruiz-Mateos Jiménez de Tejada y “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución, archívense provisionalmente las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2802/0000/64/0198/12.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de enero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.154/14)</texto>
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