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    <fecha_publicacion>2014/03/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcalá de Henares. Urbanismo. Modificación Plan Parcial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>68</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 URBANISMO
 
 50 
 Modificación Plan Parcial 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de enero de 2014, adoptó el siguiente acuerdo sobre:
  .	Desestimación de las alegaciones formuladas por don Antonio Almaraz con la motivación contenida en los informes obrantes en el expediente.
  .	Aprobación definitiva de la modificación del Plan Parcial del Sector 113 “Los Salobrales”, en ejecución de sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2013, que confirma la sentencia número 1.210, de 10 de octubre de 2009, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sustituyéndose el coeficiente 0,6 por el coeficiente 0,5, debiendo publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con indicación de haberse procedido previamente al depósito de la correspondiente modificación del Plan Parcial en el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como la publicación de las ordenanzas del plan en los términos establecidos en el artículo 66 de la LSM.
  Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 24 de febrero de 2014 un ejemplar de la modificación puntual del Plan Parcial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso contencioso-administrativa ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime pertinente para la defensa de sus derechos.
  Alcalá de Henares, a 25 de febrero de 2014..El secretario general (firmado).
  (02/1.769/14)</texto>
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