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    <titulo>– Garganta de los Montes. Régimen económico. Nulidad ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTA DE LOS MONTES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 56 
 Nulidad ordenanza fiscal 
  En cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 28 de diciembre de 2014, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, por el que se declara la nulidad de la ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil.
  Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  En Garganta de los Montes, a 10 de marzo de 2014..El alcalde, Rafael Pastor Martín.
  (03/7.855/14)</texto>
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