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    <identificador>BOCM-20140329-6</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/03/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Servicio Público de Empleo Estatal. Listado ayuda acompañamiento Programa de Recualificación Profesional Denegado</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>75</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL</organismo>
    <organismo>Servicio Público de Empleo Estatal</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 
 Servicio Público de Empleo Estatal
 
 6 
 Listado ayuda acompañamiento Programa de Recualificación Profesional Denegado 
  Publicación del listado de solicitantes y/o beneficiarios de la Ayuda Económica de Acompañamiento por la participación en el Programa de Recualificación Profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, a los cuales se les ha denegado dicha ayuda por no cumplir los requisitos necesarios para acceder a la misma, se incluyen también solicitantes que han desistido de la ayuda referida, también solicitantes que han presentado una segunda solicitud habiendo sido ya beneficiarios de la ayuda referida, también las comunicaciones de las resoluciones estimatorias o denegatorias a recursos de alzada sobre denegaciones y por último las resoluciones de pérdida de derecho a la ayuda referida que habiendo intentado la comunicación de acuerdo al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible realizarla.
  
 
   Esta publicación no pone fin a la vía administrativa, frente a la cual, los interesados disponen de un plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, para interponer recurso de alzada ante la señora Ministra de Empleo y Seguridad Social, en su Oficina de Empleo correspondiente o en cualquiera de los Registros de la Administración General del Estado, según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
  Madrid, a 6 de febrero de 2014..La directora provincial del Servicio Público de ­Empleo Estatal, Piedad Martín Álvarez.
  (02/1.020/14)</texto>
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