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    <fecha_publicacion>2014/04/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 373 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 
 80 
 Ejecución 373 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 373 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Otazu Ttito, frente a don Mario Alexánder Arellano Cruz, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto número 888 de 2013
  En Madrid, a 12 de diciembre de 2013..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 4.200 euros de principal y 420 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional del ejecutado don Mario Alexánder Arellano Cruz, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Y firme la presente, y una vez se haya solicitado por escrito por la parte actora aportando las correspondientes copias (en especial copia de la demanda), remítanse los testimonios pertinentes por correo certificado para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2501/0000/64/0373/12.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Mario Alexánder Arellano Cruz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/8.507/14)</texto>
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