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    <titulo>Madrid número 38. Juicio 744 de 2012</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 
 198 
 Juicio 744 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Asunto en que se acuerda: juicio número 744 de 2012, promovido por don Francisco García Fraile.
  Persona que se cita: “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
  Objeto de la citación: asistir al/a los acto/s de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.
  Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 10.2, ubicada en la planta décima, el día 28 de enero de 2015, a las nueve y cincuenta horas.
  Advertencias legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.
  La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial Bartolomé Ventura Molina..En Madrid, a 13 de marzo de 2014.
  Apareciendo, de las diligencias practicadas, que no consta el actual paradero o domicilio de la demandada “Neisse Impresión, Sociedad Limitada”, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se acuerda citarle a juicio por medio de edicto, que se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las de los autos, sentencias o decreto que pongan fin al procedimiento, resuelvan un incidente o se trate de un emplazamiento.
  Asimismo, conforme a lo ordenado en el artículo 23 de la Ley, cítese al Fondo de Garantía Salarial para que pueda comparecer como parte, dándole traslado de la demanda.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.
  En Madrid, a 13 de marzo de 2014..El secretario judicial, Bartolomé Ventura Molina.
  (03/9.964/14)</texto>
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