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    <titulo>– Madrid. Licencias. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Asociación de Comerciantes del Mercado de Maravillas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
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 Asociación de Comerciantes del Mercado de Maravillas 
  De conformidad con el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental, se hace público para general conocimiento que se ha solicitado licencia de instalación de actividades por los titulares y para las actividades que se indican a continuación, al efecto de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan hacer las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la publicación, mediante escrito a presentar en los Registros Municipales o en cualquier forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose a tal fin los expedientes en el Departamento de Licencias III de la Subdirección General de Edificación.
  711/2013/14942.
  “Asociación de Comerciantes del Mercado de Maravillas”.
  Modificación del Mercado Municipal por modificación de las instalaciones generales del edificio y obras complementarias.
  Mercado Municipal, calle Bravo Murillo, número 122.
  Madrid, a 20 de marzo de 2014..La jefe del Departamento Jurídico de Edificación, Yolanda Sancho Peinado.
  (01/999/14)</texto>
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