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    <titulo>Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz sustituto Los Molinos</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 74 
 Nombramiento juez de paz sustituto Los Molinos 
  SECRETARÍA DE GOBIERNO
  Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:
  3.  Segundo..Nombramiento de juez de paz sustituto de Los Molinos, por designación directa de la Sala de Gobierno.
  Se da cuenta del expediente remitido por el Ayuntamiento de Los Molinos referente a la elección de juez de paz sustituto de la localidad al no haber obtenido ninguno de los candidatos el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno de la Corporación, para su nombramiento por designación directa de esta Sala de Gobierno.
  Examinadas las solicitudes de los interesados y atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
  La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Nombrar juez de paz sustituto de Los Molinos a don Alfonso Huberto Baselga de Aymerich.
  Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Collado Villalba, Partido Judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Los Molinos, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación
  Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 24 de febrero de 2014..El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.
  (03/8.581/14)</texto>
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