<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140407-86</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/04/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 66. Procedimiento 292 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>82</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-04-07-82280320140012</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/07/BOCM-20140407-86.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/07/BOCM-20140407-86.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/07/BOCM-20140407-86.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/07/BOCM-20140407-86.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66 
 
 86 
 Procedimiento 292 de 2013 
  EDICTO
  En el presente procedimiento de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales número 292 de 2013, seguido a instancias de doña Cristina López Herrera, frente a don Alfonso Gallardo Bardón, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia número 96 de 2014
  Demandante, doña Cristina López Herrera, con procurador don Ernesto García-Lozano Martín y letrada doña Patricia Ángela Armas Morales, y demandado, don Alfonso Gallardo Bardón, sin profesionales asignados.
  Fallo
  En Madrid, a 27 de febrero de 2014..Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Ernesto García-Lozano Martín, en nombre y representación de doña Cristina López Herrera, contra don Alfonso Gallardo Bardón, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía y, en consecuencia, adoptar las siguientes medidas:
  1.o  Se atribuye a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad y la guarda y custodia de la hija común, Cristina Benjamina Gallardo López.
  2.o  No se fija régimen de visitas, estancias o comunicación alguno a favor del padre.
  3.o  En concepto de pensión de alimentos se fija con cargo al padre y a favor de la menor una pensión de alimentos de 200 euros mensuales, en doce mensualidades anuales, que se hará efectiva con carácter anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes mediante ingreso en la entidad y cuenta bancaria que al efecto designe la madre. Tal cantidad se actualizará anualmente en proporción a la variación que experimente el índice nacional general de precios publicado por el Instituto Nacional de Estadística u órgano que le sustituya.
  4.o  Los gastos extraordinarios de la menor, entendiendo por tales aquellos que tengan carácter excepcional y no sean previsibles, serán sufragados al 50 por 100 por ambos progenitores.
  Procede declarar las costas de oficio.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que habrá de interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
  Llévese el original al libro de sentencias.
  Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.
  Y encontrándose dicho demandado don Alfonso Gallardo Bardón en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Madrid, a 28 de febrero de 2014..El secretario (firmado).
  (03/8.574/14)</texto>
</documento>