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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/04/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 247 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>86</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 219 
 Ejecución 247 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 247 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad del Olmo Ruiz, frente a “Limpiezas Lanús, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Auto
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Soledad del Olmo Ruiz, frente a la demandada “Limpiezas Lanús, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.125,40 euros, más 188 euros y 313 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Se acuerda la mejora del embargo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2806/0000/64/0247/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Pablo Aramendi Sánchez.
  Decreto
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Limpiezas Lanús, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 6.489,44 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada de que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2806/0000/64/0247/13.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, María García Ferreira.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas Lanús, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de marzo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.250/14)</texto>
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