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    <titulo>Ávila número 1. Procedimiento ordinario 687 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1 
 
 227 
 Procedimiento ordinario 687 de 2013 
  EDICTO
  Doña María Jesús Martín Chico, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Beatriz Jiménez Sánchez, doña Esperanza Montero Blázquez y doña Ana Isabel Horcajo Gutiérrez, contra don Pedro Lanciego Plaza (administrador concursal), “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Jazztel Telecom, Sociedad Anónima Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número 687 de 2013, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, y “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 26 de mayo de 2014, a las nueve y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidas de abogado o representadas técnicamente por graduado social colegiado, o representadas por procurador, pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
  Y para que sirva de citación a “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, y “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Ávila, a 28 de marzo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.936/14)</texto>
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