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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/04/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1.206 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 67 
 Procedimiento 1.206 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.206 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María Gómez Díez, frente a “Edén Paraíso Hoteles, Sociedad Limitada”, sobre monitorio, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 30 de octubre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Tener por no satisfecha la totalidad de la cantidad reclamad por don José María Gómez Díez, frente a “Edén Paraíso Hoteles, Sociedad Limitada”, en la cuantía de 4.690,89 euros, sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución si a su derecho conviene.
  2.  Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.
  3.  Librar certificación de esta resolución y llevar su original al libro de resoluciones definitivas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Edén Paraíso Hoteles, Sociedad Limitada”, y como administrador único don Claudio Morales Rull, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.041/14)</texto>
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