<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140422-223</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/04/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 198 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <diario_numero>94</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-04-22-94090420140039</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/22/BOCM-20140422-223.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/22/BOCM-20140422-223.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/22/BOCM-20140422-223.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/22/BOCM-20140422-223.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 223 
 Ejecución 198 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 198 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Jesús Moya Hernández, frente a “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, y “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  El anterior escrito presentado por la parte actora únase a los autos de su razón y de conformidad con lo solicitado, se acuerda el embargo de los bienes propiedad de las empresas “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83818351, y “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82181066, que se encuentran ambas en el domicilio sito en la avenida M-40, número 13, bajo 20, de Alcorcón, para cubrir la cantidad de 44.796,97 euros de principal, más 2.688 euros de intereses y más 4.480 euros de costas, calculados provisionalmente para intereses y costas.
  A cuyo fin procédase por la comisión judicial al embargo de bienes muebles en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución en los términos previstos en el artículo 624 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La presente resolución servirá de mandamiento en forma a la comisión judicial, quien podrá solicitar, si fuera preciso, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2517/0000/64/0198/11.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, y “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/10.219/14)</texto>
</documento>