<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140430-127</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/04/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 92. Procedimiento ordinario 915 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>101</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-04-30-101250420140171</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/30/BOCM-20140430-127.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/30/BOCM-20140430-127.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/30/BOCM-20140430-127.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/04/30/BOCM-20140430-127.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92 
 
 127 
 Procedimiento ordinario 915 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento ordinario número 915 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 28 de noviembre de 2013..Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 915 de 2012, seguidos ante este Juzgado.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por “Frutas Eloy Ruano, Sociedad Limitada”, condeno a “Bangaloo Hills, Sociedad Limitada”, a pagarle la cantidad de 6.356,37 euros, con los intereses legales desde la presentación de la demanda, así como al pago de las costas.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días que se interpondrá ante este Juzgado y del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previa constitución de depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 4153.
  Publicación
  Firmada la anterior resolución, es entregada en el día de hoy en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente.
  Madrid, a 2 de diciembre de 2013..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Bangaloo Hills, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-84519198, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 6 de febrero de 2014..La secretaria (firmado).
  (02/2.628/14)</texto>
</documento>