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    <fecha_publicacion>2014/05/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Recurso 1.474 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 9 
 Recurso 1.474 de 2013 
  SALA DE LO SOCIAL
  Sección Tercera
  EDICTO
  Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 1.474 de 2013 formalizado por el letrado don Ramón Lafuente Sánchez, en nombre y representación de don Agustín Paredes Gordo, contra la sentencia de fecha 3 de octubre de 2012 dictada por el Juzgado de lo social número 27 de Madrid, en sus autos número de demanda 1.144 de 2011, seguidos a instancias de don Agustín Paredes Gordo, frente a Instituto Nacional del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Ibermutuamur” y “PH7”, en el que se ha dictado sentencia de fecha 27 de febrero de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don Ramón Lafuente Sánchez, en nombre y representación de don Agustín Paredes Gordo, contra la sentencia de fecha 3 de octubre de 2012 dictada por el Juzgado de lo social número 27 de Madrid, en sus autos sobre Seguridad Social número 1.144 de 2011, y en consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia. Sin hacer expresa declaración de condena en costas.
  Y para que sirva de notificación a la empresa “PH7”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 31 de marzo de 2014..El secretario (firmado).
  (03/11.406/14)</texto>
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