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    <identificador>BOCM-20140507-69</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/05/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 1.386 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 69 
 Procedimiento 1.386 de 2013 
  SALA DE LO SOCIAL
  Sección Primera
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosa Marín Álvarez, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.386 de 2013 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de doña Eva Montes Rodríguez, frente a “Cap Río Bravo, Sociedad Limitada”, “Aboar, Sociedad Limitada”, don Vicente Plaza Ansón, “Espacio 4 Teens, Sociedad Limitada”, don Juan Luis Pino Sánchez, “Arizona, Sociedad Cooperativa Madrileña”, y “Estudio Jurídico P&amp;P, Comunidad de Bienes”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia número 219 de 2014
  Ilustrísimos señores, don Javier José París Marín, don Ignacio Moreno González-Aller y doña María José Hernández Vitoria..En Madrid, a 7 de marzo de 2014.
  Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ilustrísimos señores citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de fecha 27 de diciembre de 1978, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que le confiere el pueblo español ha dictado la siguiente sentencia.
  En el recurso de suplicación número 1.386 de 2013 formalizado por don Manuel Campomanes Sanchís contra el auto de fecha 17 de diciembre de 2012 dictado por el Juzgado de lo social número 33 de Madrid, en sus autos número 902 de 2012, seguidos a instancias de la parte actora doña Eva Montes Rodríguez, frente a “Aboar, Sociedad Limitada”, “Estudio Jurídico P&amp;P, Comunidad de Bienes”, “Cap Río Bravo, Sociedad Limitada”, “Espacio 4 Teens, Sociedad Limitada”, “Arizona, Sociedad Cooperativa Madrileña”, don Vicente Plaza Ansón y don Juan Luis Pino Sánchez, en reclamación de cantidad, siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Javier José París Marín, y deduciéndose de las actuaciones habidas lo siguiente:
  Fallamos
  Que debemos desestimar el recurso de suplicación interpuesto por don Manuel Campomanes Sanchís contra el auto de fecha 17 de diciembre de 2012 dictado por el Juzgado de lo social número 33 de Madrid, en sus autos número 902 de 2012, y en consecuencia, debemos confirmar el auto de instancia. Sin costas.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Arizona, Sociedad Cooperativa Madrileña”, y “Estudio Jurídico P&amp;P, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de abril de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/11.581/14)</texto>
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