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    <fecha_publicacion>2014/05/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Ejecución 38 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>109</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 
 205 
 Ejecución 38 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 38 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángela Gil Jiménez, frente a “FD Multiservicios, Comunidad de Bienes”, Fondo de Garantía Salarial, “Globalimp Industrial, Comunidad de Bienes”, y “Jarlimp Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante doña Ángela Gil Jiménez, frente a los demandados “Globalimp Industrial, Comunidad de Bienes”, “Jarlimp Servicios, Sociedad Limitada”, y don José Ramón Acedo Ramos, parte ejecutada, por un principal de 2.675,67 euros, 161 euros de intereses y 268 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2808/0000/00/0164/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaños.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Ramón Acedo Ramos, “Globalimp Industrial, Comunidad de Bienes”, y “Jarlimp Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de abril de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.158/14)</texto>
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