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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/05/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Huelva número 3. Procedimiento 1.091 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>109</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3 
 
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 Procedimiento 1.091 de 2012 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.091 de 2012, a instancias de la parte actora don Francisco Camacho Hernández, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 3 de febrero de 2014 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada por don Francisco Camacho Hernández, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 834,54 euros, más el 10 por 100 de interés por mora desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación (9 de mayo de 2012) hasta la de la presente sentencia.
  No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, salvo lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, y se les advierte que contra ella no cabe interponer recurso de suplicación.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Huelva, a 3 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.148/14)</texto>
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