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    <identificador>BOCM-20140513-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/05/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Procedimiento ordinario 1.033 de 2012-S</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36 
 
 70 
 Procedimiento ordinario 1.033 de 2012-S 
  EDICTO
  Don Miguel Anaya del Olmo, secretario del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se siguen actuaciones de juicio ordinario número 1.033 de 2012, a instancias de la procuradora señora Martín Chillarón, en nombre de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra don Isidro Hugo Delgado Bances, declarado en rebeldía, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 5 de abril de 2013..Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de los de Madrid, los presentes autos seguidos entre la demandante “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por la procuradora señora Martín Chillarón y asistida por el letrado señor Pusa Bustos, contra don Isidro Hugo Delgado Bances, declarado en rebeldía, en reclamación de cantidad, en el juicio ordinario número 1.033 de 2012, en los que aparece el siguiente
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancias de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por la procuradora señora Martín Chillarón, contra don Isidro Hugo Delgado Bances, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 8.591,71 euros y a los intereses pactados de dicha suma desde el día de interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación en la forma y requisitos establecidos en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación de la sentencia el legal forma al demandado don Isidro Hugo Delgado Bances, declarado en rebeldía y en paradero desconocido, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de abril de 2014..El secretario (firmado).
  (02/2.958/14)</texto>
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